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Exenciones

Después de ayudar a más de 15,000 clientes en el Condado de Miami-Dade en el manejo del Capítulo 7 y Capítulo 13 de bancarrota, una de las preocupaciones más frecuentes que las personas tienen es si van a perderlo todo. En Kingcade Garcia McMaken, nuestro abogado entiende estas preocupaciones y a diario ayuda a las personas a entender que hay numerosas claves de exenciones en las leyes de bancarrota de la Florida que le permiten proteger propiedades claves y bienes durante el proceso de la bancarrota.

Las Exenciones Disponibles Bajo de las Leyes de Bancarrota de La Florida

La bancarrota no está diseñada para dejar a las personas sin nada para recuperarse. Es diseñada para proveer relevante alivio de deudas para personas de todos los ámbitos de la vida. Más bien que ser un proceso destructivo que toma todo lo que tienen, la intención es ayudarle a preservar una oportunidad a un futuro financiero sano. Cada caso en particular es diferente, pero trabajando con un abogado con experiencia quien inmediatamente entiende el proceso de bancarrota usted tiene muchas oportunidades para proteger las piezas mas importantes de propiedad.

Tenga confianza en una firma legal de bancarrota que ha servido a clientes desde 1996. Usted puede contactarnos en línea hoy para una consulta inicial gratis.

¿Qué Puedo Yo Proteger En El Proceso de Bancarrota?

Nosotros sabemos por nuestra experiencia que la pregunta más frecuente que las personas tienen es:

¿Qué puedo yo conservar?

La respuesta varia de persona a persona. Para algunas personas, esas que presentan bajo el Capítulo 7 liquidación o Capítulo 13 reorganización, la respuesta en muchos casos es que usted puede mantener casi todo. Dependiendo de su caso, sus exenciones pueden incluir:

  • Casas
  • Carros
  • Cuentas de Retiros
  • Pensiones
  • Salarios
  • Propiedades personales
  • Ahorros
  • Beneficios de Veteranos o Compensación Laboral

Cuando usted confía su caso a nuestra oficina, usted obtiene un socio legal que le guiará en cada paso del proceso de bancarrota. Desde la presentación inicial hasta la recupera ración de su crédito después de la bancarrota, nosotros les ayudamos a abordar todas las situaciones que le conciernen más a usted. Les ayudamos a identificar las cosas mas importantes en tu vida para proteger y trabajamos para encontrar las exenciones que le ayudaran a alcanzar esos objetivos.

La Pequeña Exención de Automóvil En La Florida

Mientras que su carro puede estar exento de la incautación y reposesión de acreedores, las leyes de la Florida no proveen una gran cantidad de asignación de plusvalía en el carro o automóvil. Bajo el estatuto de bancarrota de la Florida, un individuo solamente puede eximir hasta $1,000 en plusvalía (para el automóvil)

Lo que esto significa es que si usted tiene mas de $1,000 en plusvalía en su automóvil (por ejemplo, el carro vale $15,000 y usted debe $5,000 eso es $10,000 en plusvalía), usted solamente estará protegido bajo las exenciones de la ley de la Florida hasta $1,000. Esto es una protección muy baja comparada con otros estados, de modo que es importante entender como eso impacta su caso específico hablando con uno de nuestros abogados con experiencia.

Exenciones Ilimitadas Para Los Planes De Retiro

En el otro lado exenciones bajo los estatutos de la Florida para los planes de retiros están ampliamente protegidos. Esto es mayormente debido a la política pública de proteger dinero de retiro duramente ganado de las personas. Usted no debe tener miedo de acreedores o compañías de hipotecas que vayan detrás de sus planes de retiro, tales como IRAs, Roth IRAs, pensiones, 401(k)s y otros planes de participación de beneficios. Bajo las leyes de bancarrota de la Florida, los acreedores no les he permitido tocar estos tipos de cuentas de retiro. Esto también aplica a las cuentas de retiro heredadas y beneficiarios.

Hable Con Un Profesional Probado

Le cuesta nada tomar ventaja de nuestra consulta gratis y discutir su situación con un abogado de bancarrota probado. Contacte nuestros profesionales en Kingcade Garcia McMaken en línea o por teléfono al 305-285-9100.

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